El Congreso aprobó el proyecto que autoriza el retiro del 25% de los fondos de AFP hasta un tope de tres Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir S/ 12, 900.
Esta iniciativa multipartidaria (con 107 votos a favor) que autoriza el retiro excepcional tiene como objetivo aliviar la economía familiar y dinamizar la economía nacional en el contexto de la emergencia sanitaria por el Covid-19.
Así, el proyecto aprobado y respaldado por legisladores de Acción Popular, Alianza para el Progreso, Podemos Perú, Unión por el Perú, Fuerza Popular, Frepap, Somos Perú y el Frente Amplio indica que la entrega se realizará de la siguiente manera, el 50% en un plazo máximo de 10 días calendario después de presentada la solicitud ante la AFP a la que pertenezca el afiliado y el 50% restante a los 30 días calendario computados a partir del primer desembolso.
Ahora, el presidente de la República recibirá la autógrafa de la ley y tendrá el deber de tomar una decisión respecto al proyecto: promulgarla, observarla o ignorarla.
En la situación de que el mandatario haga caso omiso al proyecto, la ley podrá ser promulgada por el presidente del Congreso.
El caso más rápido es que el mandatario promulgue la ley y ordene su publicación (las leyes promulgadas son publicadas en la sección «Normas Legales» del diario oficial «El Peruano»).
En el caso de que sea observada (ya sea en su totalidad o en parte), el proyecto regresará al Congreso, en donde el Poder Legislativo puede decidir ya no continuar con el proyecto; también realizar modificaciones de lo observado (allanamiento), o insistir con la propuesta inicial y aprobarla.
Es importante señalar que el Poder Ejecutivo puede presentar un recurso de inconstitucionalidad ante el Tribunal Constitucional.