Hoy 28 de mayo, el Parlamento escuchará la exposición del presidente del Consejo de Ministros, Vicente Zeballos, para decidir si se le otorgará el voto de confianza.
La Junta de Portavoces determinó que el Pleno realizará solo una votación de confianza.
Las bancadas de Somos Perú, Frente Amplio, Partido Morado, Frepap, Podemos Perú, Alianza para el Progreso y Acción Popular se expresaron a favor de una sola votación para el Gabinete Ministerial.
Fuerza Popular votó en contra; mientras que Unión por el Perú se abstuvo.
De esta manera, el premier tendrá un tiempo de aproximadamente 2 horas para declarar sobre las acciones del Gobierno tomadas durante el lapso en que no hubo Congreso, además de la toma de decisiones durante la pandemia del Covid-19 y post-estado de emergencia.
Así, la Constitución Política del Perú plasma:
“Artículo 130.- Exposición de la Política General del Gobierno. Cuestión
de Confianza.
Dentro de los treinta días de haber asumido sus funciones, el Presidente
del Consejo concurre al Congreso, en compañía de los demás ministros, para
exponer y debatir la política general del gobierno y las principales medidas que
requiere su gestión. Plantea al efecto cuestión de confianza.
Si el Congreso no está reunido, el Presidente de la República convoca a
legislatura extraordinaria.
Artículo 135.- Instalación del nuevo Congreso
Reunido el nuevo Congreso, puede censurar al Consejo de Ministros, o
negarle la cuestión de confianza, después de que el Presidente del Consejo
haya expuesto ante el Congreso los actos del Poder Ejecutivo durante el
interregno parlamentario.
En ese interregno, el Poder Ejecutivo legisla mediante decretos de
urgencia, de los que da cuenta a la Comisión Permanente para que los
examine y los eleve al Congreso, una vez que éste se instale”. (Constitución Política del Perú)