
Martín Vizcarra dio un plazo de 48 horas a las clínicas privadas, para alcanzar algún acuerdo sobre sus tarifas en torno al Covid-19.
El mencionado acuerdo es entre las clínicas privadas y el Sistema Integral de Salud (SIS), para la atención de pacientes con el nuevo coronavirus en la Unidad de Cuidados Intensivos.
Así, el mandatario incidió en las quejas que diariamente están realizando los ciudadanos sobre los altos costos en los establecimientos de salud.
“Lo que hemos pedido y estamos tratando es establecer una tarifa adecuada, una tarifa que sea la que corresponda. Es decir, que atienda el sector privado a ciudadanos que por la emergencia no puedan ser atendidos en los establecimientos público, llámese Fuerzas Armadas, Policía, EsSalud, Minsa (Ministerio de Salud), gobiernos regionales, tengan que ir y nosotros asumimos”, exclamó.
“Vamos a esperar para que se llegue a un acuerdo. De no ser el caso, pensando en la salud, en la vida, invocaremos al artículo 70 de la Constitución”, añadió.
El artículo 70 hace referencia a la expropiación si así lo fuera necesario.
El artículo 70 de la Constitución Política del Perú, menciona: «El derecho de propiedad es inviolable. El Estado lo garantiza. Se ejerce en armonía con el bien común y dentro de los límites de ley. A nadie puede privarse de su propiedad sino, exclusivamente, por causa de seguridad nacional o necesidad pública, declarada por ley, y previo pago en efectivo de indemnización justipreciada que incluya compensación por el eventual perjuicio. Hay acción ante el Poder Judicial para contestar el valor de la propiedad que el Estado haya señalado en el procedimiento expropiatorio» (Constitución Política del Perú, 1993).