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JNE: otorgar compensación económica de 3% de la UIT a miembros de mesa

Mediante Acuerdo, el Pleno del supremo tribunal electoral aprobó la iniciativa de ley que plantea dicha medida y la presentó al Congreso de la República.

Miembros de mesa.

El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) consideró necesario realizar una modificación legislativa a fin de incorporar una compensación económica equivalente al 3% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para los ciudadanos que cumplan la función de miembros de mesa de sufragio en todo proceso electoral.

La iniciativa, elaborada por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), plantea modificar el artículo 55° de la Ley Orgánica de Elecciones (Ley N° 26859) para hacer posible la compensación monetaria. Si se considera el UIT fijado para el 2023 (4 950 soles), el pago a los ciudadanos que ejerzan dicho cargo sería de alrededor de 148 soles.

Mediante Acuerdo, el Pleno del JNE aprobó el proyecto de ley que plantea dicha medida y, de conformidad con su facultad constitucional de presentar iniciativas legislativas, lo remitió al Congreso de la República para su análisis y debate.

La ONPE tendría a su cargo el pago y la distribución del incentivo, así como la regulación de diferentes modalidades de pago destinadas a facilitar su cobro.

En el Acuerdo del Pleno, se señala que es importante hacer notar que los miembros de mesa se constituyen en un eje esencial durante la jornada electoral, toda vez que “son autónomos en sus decisiones durante la instalación de la mesa, el sufragio y el escrutinio”.

Agrega que ellos resuelven por mayoría las situaciones problemáticas que se puedan presentar durante la instalación, el sufragio y el escrutinio, pero sobre todo deben respetar y hacer respetar la voluntad de los electores durante el escrutinio, sin alterar los resultados.

Se destaca que el día de la jornada electoral, los miembros de mesa desarrollan una labor continua de 16 horas desde que llegan a los locales de votación e instalan la mesa, hasta el escrutinio de las cédulas de sufragio y el llenado de las actas electorales.

“El otorgamiento de un incentivo económico a los ciudadanos que ejerzan el cargo de miembro de mesa garantizaría que el cumplimiento de dicha responsabilidad se encuentre asegurada, incidiendo positivamente en el desempeño de sus funciones y esto, a su vez, en un mejor desarrollo de la jornada electoral”, se señala en el documento.

Asimismo, indica que el pago resulta necesario para compensar los gastos que realizan por su desplazamiento los ciudadanos, potenciales miembros de mesa, que residen en zonas alejadas.

El JNE precisa que, de acuerdo con la doctrina comparada, este tipo de emolumentos y beneficios se entregan a los ciudadanos que ejercen la citada función en los actos electorales de las Repúblicas de Argentina, Bolivia, Chile, Colombia, Ecuador, El Salvador y España.

Esta propuesta pretende, además, evitar el ausentismo de los miembros de la mesa de sufragio a cumplir su deber, el cual puede generar -de no existir voluntarios que los reemplacen el día de la elección- que los 200 o 300 electores hábiles asignados a una mesa de sufragio no ejerzan su derecho al voto, si es que no se instala aquella mesa hasta las 12:00 horas del día de la elección.

En la exposición de motivos del proyecto, se destaca el avance logrado en las Elecciones Generales 2021 y en las Elecciones Regionales y Municipales 2022, en las que se entregó un incentivo equivalente al 2,5% de la UIT a los miembros de mesa, en el contexto de la emergencia nacional sanitaria por el COVID-19.

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