JNE recuerda que multas por no votar oscilan entre 23 y 92 soles

En el caso de los miembros de mesa que no cumplan con su deber se establece el pago de 230 soles.

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El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó que las multas por no concurrir a
votar en las Elecciones Regionales y Municipales del próximo domingo 2 de
octubre oscilan entre 23 y 92 soles, mientras que por no asistir o negarse a
desempeñar el cargo de miembro de mesa es de 230 soles.
Estas sanciones económicas se aplicarán conforme a la tabla de multas
electorales actualizada a partir de una clasificación por localidad y nivel de
pobreza que estableció el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) y
conforme a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al año 2022.
En entrevista a RPP, el jefe del área de Servicios al Ciudadano del JNE, Luis
Ernesto Grillo Teagua, precisó que corresponde una multa de 92 soles a los
omisos al sufragio en las circunscripciones consideradas no pobres (2 por ciento
de la UIT, fijada este año en 4 600 soles).
“Si los electores residen en distritos catalogados como pobres no extremos,
deberán cancelar 46 soles (equivalente a 1% de la UIT), mientras que los de
distritos de pobreza extrema deberán abonar 23 soles (0.5% de la UIT)”, remarcó.
El funcionario indicó que, en cuanto a los miembros de mesa, titulares y suplentes,
que no cumplan con su deber cívico, la multa única es de 230 soles (equivalente al
5% de la UIT vigente), incluso para los ciudadanos que se nieguen a integrar las
mesas de sufragio. Si un integrante de mesa, titular o suplente, no acude a cumplir
su deber y tampoco emite su voto, se le impondrá ambas multas electorales.
Explicó que en el caso de los ciudadanos que no hayan podido sufragar por
encontrarse de viaje en el exterior, el Reglamento de Justificación y Dispensa
Electoral establece que la dispensa solo se aplica si el motivo de la ausencia es
por temas de salud o de estudios. Es decir, si se trata de motivos distintos,
corresponde el pago de la multa.
Otras causales por las que se puede solicitar la dispensa son la pérdida o robo del
DNI, tratamiento médico, desastres naturales, fallecimiento de familiar directo,
discapacidad, prisión, función electoral, error en el padrón electoral, entre otras.
Grillo Teagua refirió que también pueden efectuar dicho trámite -de forma gratuita-
las personas con más de 65 años que estén consideradas por el Ministerio de
Salud en los grupos vulnerables a la COVID-19

Dirección de Comunicaciones e Imagen www.jne.gob.pe
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Teléfono (01) 3111700 – anexo 2091 https://www.facebook.com/JNE.Peru
Correo electrónico prensa@jne.gob.pe https://www.flickr.com/photos/jne_peru
Indicó que toda la información sobre la justificación y dispensa electoral se puede
encontrar en el portal institucional (www.jne.gob.pe). Agregó que también se
absuelven consultas de los ciudadanos en el call center 3111717.

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Sobre el autor:

Ana Rodas
Ana Rodas
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