Midis aprueba padrón de beneficiarios bono alimentario de S/ 270

Subsidio individual beneficiará a más de 4 millones de ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema.

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El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis), a través de la Resolución Ministerial 150-2022-Midis, aprobó el padrón de beneficiarios y beneficiarias del subsidio monetario individual autorizado, llamado bono alimentario, cuyo monto asciende a 270 soles.

Este registro se adecúa a los criterios de elegibilidad dispuestos en el reglamento para el otorgamiento de esta subvención, conforme al Decreto Supremo 003-2022-Midis, y estará dirigido a 4 millones 251,464 ciudadanos en condición de pobreza y pobreza extrema de acuerdo al Padrón General de Hogares del Sistema de Focalización de Hogares que administra el Midis.

Asimismo, dará cobertura a 2 millones 559,850 hogares de todo el país, incluyendo a los usuarios y usuarias de los programas sociales como Juntos, Pensión 65 y Contigo que no hayan recibido la subvención adicional extraordinaria dispuesta por el artículo 20 de la Ley 31538.

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En forma adicional, se beneficiará a las familias que no figuren en los registros de la planilla pública y privada, a excepción de los pensionistas, sobrevivientes y a la modalidad formativa, así como los hogares cuyos ingresos no superen los 1,025 soles.

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Quedan excluidos los ciudadanos que se encuentren en la base de datos de las declaraciones juradas de autoridades y servidores públicos, administrada por la Contraloría General de la República.

Dicha restricción abarca a integrantes con cargo de congresista, alcalde o alcaldesa de una municipalidad distrital o provincial, regidores, gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales, así como prefectos, subprefectos y tenientes gobernadores.

El Midis, a través de sus canales oficiales, informará en los próximos días los detalles para las modalidades de consulta y pago, conforme se ha hecho anteriormente.

También el programa Pensión 65 implementará el proceso de autorización de cobro para aquellos beneficiarios que no puedan hacerlo efectivo.

Sobre el autor:

Ana Rodas
Ana Rodas
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