El Ministerio de la Producción (Produce) anunció que el próximo 15 de agosto concluirá la primera temporada de pesca 2020 del recurso anchoveta (Engraulis ringens) y anchoveta blanca (Anchoa nasus) correspondiente a la zona norte – centro.
De acuerdo con la Resolución Ministerial 263-2020-PRODUCE, publicada en el Diario El Peruano, la descarga del recurso anchoveta debe ser efectuada dentro de las 24 horas de concluida la temporada.
Asimismo, el procesamiento del recurso anchoveta tiene que realizarse dentro de las 48 horas de concluida la misma.
Se debe señalar que la presente temporada se inició el pasado 13 de mayo, con una cuota disponible de 2 413 000 toneladas, superior en 17.4% frente a lo dispuesto en la temporada similar del 2019.
Hasta la fecha, el volumen de captura alcanza el 97.96% del límite máximo permitido, con un desembarque de 2 363 858 toneladas, siendo los principales puertos donde se vienen realizando las descargas: Bayóvar, Malabrigo, Coishco, Chimbote, Samanco, Supe, Vegueta, Carquín, Chancay, Callao, Tambo de Mora y Paracas (Pisco).
Fiscalización y cumplimiento de la norma
Produce detalló que el incumplimiento de lo dispuesto en la norma será sancionado conforme a lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977, Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, en el Decreto Legislativo Nº 1084, Ley sobre Límites Máximos de Captura por Embarcación, su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo Nº 021-2008-PRODUCE, el Reglamento de Fiscalización y Sanción de las Actividades Pesqueras y Acuícolas aprobado por Decreto Supremo Nº 017-2017-PRODUCE, y demás disposiciones legales aplicables.
De igual manera, las Direcciones Generales de Políticas y Análisis Regulatorio en Pesca y Acuicultura, de Pesca para Consumo Humano Directo e Indirecto, de Supervisión, Fiscalización y Sanción del Despacho Viceministerial de Pesca y Acuicultura del Ministerio de la Producción; así como las dependencias con competencia pesquera de los Gobiernos Regionales y la Dirección General de Capitanías y Guardacostas de la Marina de Guerra del Perú del Ministerio de Defensa, dentro del ámbito de sus respectivas competencias, realizarán las acciones de difusión que correspondan y velarán por el cumplimiento de lo descrito anteriormente.