Más de dos mil ciudadanos del distrito de Sama (Tacna) decidirán si mantienen o no en el cargo a su alcalde y cinco regidores en la Consulta de Revocatoria del Mandato de Autoridades Municipales, que se realizará el próximo 10 de octubre en ese y otros 12 distritos del país, precisó el Jurado Nacional de Elecciones (JNE).
De acuerdo a un reporte del Observatorio para la Gobernabilidad (Infogob), que recoge datos del padrón electoral, un total de 2 171 ciudadanos están habilitados para ejercer su derecho democrático en las ánforas. De este total, 1 197 son hombres y 974 mujeres, en tanto que 407 son jóvenes menores de 30 años.
El referido día, dichos electores deberán decidir sobre el futuro del alcalde Milton John Juárez Vera y de los regidores Neptalí Esteban Chire Carpio, Fidel Eduardo Vásquez Delgado, Wilfredo Villalva Ramos, Karen Aliza Vargas Flores y Ricardo Paolo Gonzales Nina.
La promotora de la consulta, Yeni Almendra Pérez Agüero, solicita la revocatoria del alcalde por incapacidad de gestión municipal; no cumplir sus promesas electorales, plan de trabajo o acuerdos; no concertar o dialogar; y no ejecutar obras, según un reporte de la Central de Operaciones del Proceso Electoral (COPE) del JNE.
En el caso de los regidores, señala como argumentos para pedir el retiro de sus cargos que no fiscalizan, no proponen ordenanzas y no concertan o dialogan.
Para revocar a una autoridad se requiere la mitad más uno de los votos válidos, conforme a la Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos (Ley N° 26300). De lo contrario, se mantiene en el cargo.
De proceder la revocación o retiro del cargo, el alcalde será reemplazado por el primer regidor accesitario de su misma lista, mientras que un regidor por el correspondiente accesitario de su lista. En ningún caso hay nuevas elecciones.
La consulta popular de revocatoria constituye un derecho constitucional normado por la citada ley y la modificatoria Ley N° 30315. Puede ser promovida por una persona o un grupo de ciudadanos contra las autoridades regionales y municipales que provengan del voto popular.