El Gobierno oficializó el decreto de urgencia que reduce de manera temporal, la remuneración del Presidente de la República y de los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo; y destina los ahorros derivados de dicha medida a favor de los deudos del personal de la salud fallecidos a consecuencia del coronavirus (covid-19).
La presente norma, Decreto de Urgencia Nº 063-2020, publicada hoy en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, establece que la reducción del sueldo se efectuará por un periodo de tres meses y es aplicable al jefe del Estado, así como a los funcionarios y servidores públicos del Poder Ejecutivo, cuyo ingreso mensual proveniente de su cargo sea igual o mayor a 15,000 soles.
Es decir, alcanza a los ministros de Estado, viceministros, secretarios generales, directores generales / jefes de oficinas generales, titulares de organismos públicos, rectores y vicerrectores de universidades públicas, miembros de tribunales administrativos.
Además, a servidores del Poder Ejecutivo, bajo cualquier modalidad de contrato por el cual prestan servicios, sujetos al régimen regulado en la Ley Nº 30057, Ley del Servicio Civil, al Decreto Legislativo Nº 728, Ley, de Productividad y Competitividad Laboral.
Igualmente, los sujetos al Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, al Decreto Legislativo Nº 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios.