El Poder Ejecutivo publicó el reglamento y ley para retiro de hasta 100% de la Compensación por Tiempo de Servicio (CTS) que podrá solicitarse desde mañana 5 de mayo y estará vigente hasta el próximo 31 de diciembre del 2021.
Además, las entidades financieras tendrán un máximo de 2 días hábiles para realizar el desembolso a la cuenta del trabajador, según reglamento.
“Por ejemplo, si realizo mi solicitud es miércoles 5 de mayo, el retiro o transferencia a la cuenta que se indique deberá realizarse como máximo el viernes 7 de mayo”, explicó Jorge Carrillo Acosta, profesor de Pacífico Business School.
¿Cómo saber si eres uno de los trabajadores que podrán retirar el 100% de sus cuentas?
Según el Decreto Supremo Nº 010-2021-TR están facultados a retirar:
- Los trabajadores del sector privado comprendidos dentro de los alcances del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 650, Ley de Compensación por Tiempo de Servicios, aprobado por el Decreto Supremo Nº 001-97-TR, independientemente del régimen laboral al que se sujeten.
- Trabajadores de las empresas del Estado sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR.
- Los servidores civiles de entidades del sector público sujetos al régimen laboral del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo 003-97-TR.