Las autoridades que realicen malos usos de los donativos en el estado de emergencia, podrían ir hasta 12 años de prisión, según peritos en derecho penal.
Los delitos que los funcionarios públicos podrían incurrir por un mal uso de dinero son: peculado, colusión y malversación de fondos.
Peculado: “El peculado se configura cuando el funcionario o servidor público en su beneficio personal o para beneficio de otro, intencionalmente se apropia o utiliza, en cualquier forma, caudales o efectos públicos, cuya percepción, administración o custodia le estén confiadas por razón del cargo que desempeña en la administración pública”. (Poder Judicial)
Colusión: “El funcionario o servidor público que, interviniendo directa o indirectamente, por razón de su cargo, en cualquier etapa de las modalidades de adquisición o contratación pública de bienes, obras o servicios, concesiones o cualquier operación a cargo del Estado concerta con los interesados para defraudar al Estado o entidad u organismo del Estado”. (Ministerio de Justicia)
Malversación de fondos: “Funcionario o servidor público que da al dinero o bienes que administra una aplicación definitiva diferente de aquella a los que están destinados, afectando el servicio o la función encomendada”. (Congreso de la República)
Recordemos que se ha destinado una transferencia de S/ 213,6 millones a 1874 municipios (distritales y provinciales), para que así se entreguen canastas básicas familiares a sectores pobres y pobres extremos, sin contar las donaciones que estos han venido recibiendo de distintas ONGs.
Así, la Defensoría del Pueblo recomendó que se aprueben pautas para orientar de manera correcta a las municipalidades.
“Es igualmente importante establecer expresamente la prohibición de usar las canastas básicas familiares con fines proselitistas”, indicó.
Sobre lo último mencionado, el congresista Rennán Espinoza ha sido señalado de hacer proselitismo, puesto que ha estado regalando canastas con su nombre en el distrito de Puente Piedra (donde su hijo es alcalde).
Por último, es importante señalar que el Decreto de Urgencia 033-2020, señala que los Gobiernos Locales deben velar a favor de la población en situación de vulnerabilidad, en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el COVID-19.